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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOP DE SEGUROS LTDA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda. por el cobro de un capital reclamado de $81.661.710,00. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución por ese monto, con intereses desde la interposición de la demanda, por haber quedado perdido el derecho de defensa del demandado ante la falta de excepciones dentro del plazo legal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
96093
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Falta de excepciones Perdida del derecho de defensa Llevar adelante la ejecucion Intereses del articulo 104 codigo fiscal Costas a la vencida Ley 13.406 Primera instancia

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

PRODUCT FRUTAS ARG COOP SEG LTDA (Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Ltda.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de un capital de PESOS OCHENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y UN MIL SETECIENTOS DIEZ CON 0/100 ($81.661.710,00), más intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (23/4/2026) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Mandar llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado con sus intereses; imponer las costas a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias); y tener por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.), con notificación electrónica al domicilio COLOMBO@FEPBA.GOV.AR.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido el demandado PRODUCT FRUTAS ARG COOP SEG LTDA intimado de pago en el domicilio de calle DR. TOMAS MANUEL DE ANCHORENA 670 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES - CIUDAD AUTONOMA DE BS.AS. - 1170 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.,"

"3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 5/5/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC)."

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