FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SMAUG S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal (apremio provincial) contra SMAUG S.A. por un capital de $122.563,20. El Tribunal mandó llevar adelante la ejecución, con intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal desde la demanda hasta el pago, e impuso las costas a la vencida.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
SMAUG S.A., intimado de pago en Suipacha 255, Piso 2°, Depto. B, CABA, que no opuso excepciones legítimas dentro del plazo legal.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de capital de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON 20/100 ($122.563,20), más intereses.
¿Qué se resolvió?
por haber perdido el demandado el derecho a oponer excepciones (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.), se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital. Se aplicarán intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (8/8/2019) hasta el efectivo pago. Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias). Se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido el demandado SMAUG S.A. intimado de pago en el domicilio de calle Suipacha 255 Piso:2° Depto.:B Ciudad Autonoma De Buenos Aires no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.).
Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.,
¿Qué se resolvió?
1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado SMAUG S.A. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON 20/100 ($122.563,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -8/8/2019 - y hasta su efectivo pago.-"
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Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincial)art. 7
- CPCC (Provincial)arts. 41, 116, 155, 540, 549, 68, 556
- Decreto-ley 8.904/77 (Provincial)art. 51
- CFPBA (Provincial)art. 104
- Ley 10.397 (Provincial)art. 104
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