FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SAFE PLACE SA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra SAFE PLACE S.A. por el cobro de un capital de $1.583.242,20 con más intereses del artículo 104 del Código Fiscal. Al no haber opuesto excepciones legítimas el demandado, el Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución.
¿Quién es el actor?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
SAFE PLACE S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro compulsivo de un capital reclamado de PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 20/100 ($1.583.242,20), con intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (15/9/2026) y hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
se mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital e intereses; se impusieron las costas a la vencida (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.), difiriéndose la regulación de honorarios (art. 51 del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias); y se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habiendo sido el demandado SAFE PLACE S.A. intimado de pago en el domicilio de calle Av. Belgrano 615 Piso:4° Depto.:A Ciudad Autonoma De Buenos Aires no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.).
Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.,
¿Qué se resolvió?
1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado SAFE PLACE S.A. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 20/100 ($1.583.242,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -15/9/2026 - y hasta su efectivo pago."
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Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 41
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 116, 155, 540, 549, 556
- CFPBA (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Decreto-ley 8.904 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Ley 10.397 de Buenos Aires
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