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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ TAPOLEN S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió juicio de apremio contra TAPOLEN S.A. por un capital de $799.067,10. Ante la falta de oposición de excepciones en término, el Juzgado mandó llevar adelante la ejecución, con intereses desde la demanda y costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
96801
Juicio de apremio Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Falta de excepciones Perdida del derecho a oponer excepciones Llevar adelante la ejecucion Intereses del articulo 104 del codigo fiscal Costas a la vencida Ley 13.406 Domicilio constituido en estrados

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

TAPOLEN S.A., intimado de pago en el domicilio de Av. Belgrano 1735, Piso 8° Depto. A, CABA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro del capital reclamado de Pesos SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y SIETE CON 10/100 ($799.067,10), más intereses.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal tuvo por perdido el derecho del demandado a oponer excepciones, por no haberlo ejercido dentro del plazo legal, y resolvió:

1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital, aplicando intereses conforme el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda (18/05/2026) hasta el efectivo pago.

2) Imponer las costas a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), diferiendo la regulación de honorarios (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias).

3) Tener por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del C.P.C.C.), por haber quedado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia del 21/05/2026.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido el demandado TAPOLEN S.A. intimado de pago en el domicilio de calle Av. Belgrano 1735 Piso:8° Depto.:A Ciudad Autónoma De Buenos Aires - 1093 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado TAPOLEN S.A. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado…"

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