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Primera Instancia

MUNICIPALIDAD DE LANUS C/ AYALA WALTER EDGARDO S/ APREMIO

La Municipalidad de Lanús promovió ejecución fiscal de apremio contra Walter Edgardo Ayala por una deuda de tasas municipales de $16.677. Ante la falta de oposición de excepciones dentro del plazo legal, el Tribunal mandó llevar adelante la ejecución con intereses, costos y costas a cargo del ejecutado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL N° 5 (EX JCC N° 2) - LANUS
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
105296
Ejecucion fiscal Apremio Tasa municipal Falta de excepciones Perdida del derecho a oponer excepciones Llevar adelante la ejecucion Intereses resarcitorios Ordenanza fiscal 7244/91 Municipalidad de lanus Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

MUNICIPALIDAD DE LANÚS.

¿A quién se demanda?

WALTER EDGARDO AYALA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de capital de PESOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 0/100 ($ 16.677), en concepto de deuda municipal, con más intereses, costos y costas.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal tuvo por perdido el derecho del ejecutado a oponer excepciones, al no haberlas deducido dentro del plazo legal pese a haber sido debidamente intimado de pago en el domicilio denunciado. En consecuencia, dispuso llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, con intereses calculados desde la mora que surja del certificado de deuda, según la tasa de la Ordenanza Fiscal e Impositiva N° 7244/91, con el límite de la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para descuento a 30 días. Impuso las costas al ejecutado vencido, difirió la regulación de honorarios para su oportunidad y tuvo por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del Juzgado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, pese a encontrarse debidamente intimada de pago según consta del mandamiento adjunto al escrito en vista en formato pdf, en el domicilio de la calle CHORROARIN N° 2430 MONTE CHINGOLO, dásele por perdido el derecho dejado de usar (art.1 y 5 Ley 9122; arts. 116 y 155 del C.P.C.C.)."

"Por ello conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540; 541 y 548 del C.P.C.C, FALLO: Esta causa de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado WALTER EDGARDO AYALA haga a la acreedora MUNICIPALIDAD DE LANÚS íntegro pago del capital reclamado de PESOS DIECISEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 0/100 ($ 16.677), con más intereses, costos y costas (arts. 68 y 556 del C.P.C.C )."

"Al importe de esta condena, se le adicionarán intereses que se calcularán desde la fecha de mora que surja del certificado de deuda hasta el efectivo pago de acuerdo a la tasa establecida por la Ordenanza Fiscal e Impositiva N° 7244/91, siempre y cuando los mismos no excedan la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días."

Normas que cita

  • Ley 9122 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 5
  • CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 40, 41, 68, 116, 155, 540, 541, 548, 556, 566
  • 7244/91 (Municipalidad De Lanús)
  • Ley 8904 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
  • Ley 14967 (Provincia De Buenos Aires)

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