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Primera Instancia

MOLINA, JOEL MARIANO DANIEL s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)

El Juzgado Federal de Santa Rosa extendió la fecha de inhabilitación para el ejercicio de los derechos políticos de Joel Mariano Daniel Molina hasta el 24 de agosto de 2027. La decisión se fundó en una nueva condena de un año y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento que, unificada con una condena anterior, determinó el vencimiento de la inhabilitación en esa fecha.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE SANTA ROSA - SECRETARIA ELECTORAL (DISTRITO LA PAMPA)
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 003373/2026
Inhabilitacion Derechos politicos Codigo electoral nacional Art. 3? cen Extension de inhabilitacion Condena de prision efectivo Reincidencia Unificacion de penas Ciudadania Registro electoral

¿Quién es el actor?

Oficina Judicial de la Tercera Circunscripción de La Pampa (comunicó el nuevo antecedente de inhabilitación).

¿A quién se demanda?

Joel Mariano Daniel Molina (matrícula 39.384.434).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Extensión del plazo de inhabilitación para el ejercicio de derechos políticos, dispuesta el 16 de abril de 2018 hasta el 26 de febrero de 2027, en virtud del art. 3° del Código Electoral Nacional.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal extendió la fecha de inhabilitación hasta el 24 de agosto de 2027.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que a fs. 5 obra el Oficio por el cual la Oficina Judicial de la Tercera Circunscripción de La Pampa, comunicó a este Tribunal un nuevo antecedente de Inhabilitación." "En el mismo se adjunta copia de la Sentencia N° 70/2026 dictada con fecha 05/08/2026, en el Expte. N° 38627/1 (fs. 5), por el cual la Jueza de Control, Dra. Laura Moscoso Mendieta, condeno al encartado a la pena única de 1 año y 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento la que unificada con la pena impuesta mediante sentencia dictada en el legajo N° 36806/1 de fecha 26 de septiembre de 2025, componen una pena única de 1 año y 6 meses de efectivo cumplimiento y declararlo reincidente, cuyo vencimiento operará el día 24 de agosto de 2027." "Que en virtud de lo expuesto y teniendo en cuenta que el mismo ya se encontraba inhabilitado hasta el día 26/02/2027, corresponde extender la fecha de vencimiento de la inhabilitación hasta el día 24/08/2027."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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