REY NEMESIO CARLOS S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramita la declaratoria de herederos del causante Nemesio Carlos Rey, fallecido el 5 de mayo de 2026. El Tribunal declara como universales herederos a sus hijos Liliana Patricia, Graciela Adriana y Adrián Pablo Rey y Jaimes, sin perjuicio de terceros.
¿Quién es el actor?
No aplica. Se trata de un proceso sucesorio ab intestato iniciado en autos "REY NEMESIO CARLOS S/ SUCESION AB-INTESTATO", Expte. SI-24359-2026.
¿A quién se demanda?
No aplica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos del causante Nemesio Carlos Rey.
¿Qué se resolvió?
Se declara, por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de Nemesio Carlos Rey le suceden en carácter de universales herederos sus hijos Liliana Patricia, Graciela Adriana y Adrián Pablo Rey y Jaimes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I: que con el certificado de defunción digitalizado a fs. 1 se acredita el fallecimiento de NEMESIO CARLOS REY ocurrido el día 5 de mayo de 2026 quien era de estado civil viudo de JUANA SARA JAIMES quien falleciera el día 5 de septiembre de 2007 (fs. 1).-"
"II: que con la partida digitalizada a fs. 2 se acredita el matrimonio del causante con su cónyuge ocurrido el día 18 de noviembre de 1966."
"III: que de dicha unión conyugal nacieron los siguientes hijos: LILIANA PATRICIA (fs. 1) el 19 de diciembre de 1967, GRACIELA ADRIANA (fs. 1) el 18 de octubre de 1969 y ADRIAN PABLO (fs. 1) el 17 de septiembre de 1974."
"IV: que con el diario agregado a fs. 15 consta haberse efectuado la publicación de edicto que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo."
"Por ello; de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts.735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de NEMESIO CARLOS REY le suceden en carácter de universales herederos sus hijos: LILIANA PATRICIA, GRACIELA ADRIANA y ADRIAN PABLO REY Y JAIMES. REGISTRESE."
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Normas que cita
- CCyCNarts. 2424, 2426 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 728, 729, 734, 735, 737
- Ley 14.442 (Provincia De Buenos Aires)art. 29
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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