PANICO MATEO S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se tramitó un proceso sucesorio ab intestato por el fallecimiento de Mateo Panico, en el que no se presentaron interesados tras la publicación de edictos. El Tribunal declaró herederos universales a sus padres, Gustavo Fernando Panico y María Agustina Rey.
¿Quién es el actor?
No corresponde en sentido estricto; se trata de un proceso sucesorio ab intestato iniciado para obtener la declaratoria de herederos del causante Mateo Panico (fallecido el 16/10/2024).
¿A quién se demanda?
No existe demandado; el proceso es de jurisdicción voluntaria o no contenciosa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaratoria de herederos ab intestato del causante.
¿Qué se resolvió?
Se declaró que, por el fallecimiento de Mateo Panico, le suceden en carácter de universales herederos sus padres, Gustavo Fernando Panico y María Agustina Rey, sin perjuicio de terceros.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que con el certificado de fs. 1 se acredita el fallecimiento de MATEO PANICO ocurrido el día 16/10/2024."
"Que este era hijo de GUSTAVO FERNANDO PANICO y MARIA AGUSTINA REY conforme surge de la partida de nacimiento de fs. 1."
"Que con los diarios y recibos agregados a fs. 15 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC, la cual arrojó resultado negativo."
La decisión se fundó en lo dispuesto por los arts. 2424 y 2431 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC, y en lo dictaminado por los Ministerios Públicos intervinientes.
Nota: la resolución menciona "MATIAS PANICO" en la parte dispositiva, mientras que en los considerandos el causante figura como "MATEO PANICO"; se trata de una discrepancia de nombre en el texto.
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Normas que cita
- CCyCNarts. 2424, 2431 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 734, 735, 737
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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