SALAS PABLO C/ BEVILACQUA BERNARDO S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió cobro ejecutivo contra el demandado fundado en un acuerdo transaccional privado incumplido, por la suma de $37.000.000 con más intereses, costos y costas. El Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Junín mandó a llevar adelante la ejecución, fijó la cláusula penal en u$s 50 diarios (reducida de oficio de u$s 100) y dispuso intereses a tasa activa desde la mora del 03/09/2026.
¿Quién es el actor?
Pablo Salas, con patrocinio del Dr. Franco Di Leo.
¿A quién se demanda?
Bernardo Bevilacqua.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro ejecutivo de $37.000.000 derivado de un acuerdo transaccional privado (suscripto ante escribano público el 09/10/2025) por la devolución de dinero entregado para la compra de una Toyota Hilux 0 km, con más intereses convenidos, costos y costas. Se reclamaba además la cláusula penal pactada de u$s 100 diarios por mora.
¿Qué se resolvió?
(I) dar por perdido al ejecutado el derecho a oponer excepciones (arts. 540 y 542 CPCC); (II) reducir de oficio la cláusula penal a u$s 50 diarios; (III) mandar a llevar adelante la ejecución por el capital de $37.000.000 con intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días desde el 03/09/2026 hasta el pago; (IV) imponer costas al demandado; (V) diferir la regulación de honorarios; (VI) tener por constituido el domicilio del demandado en los estrados del juzgado (art. 41 CPCC); (VII) registrar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la falta de excepciones: "no habiéndose presentado a oponer excepciones conforme lo dispuesto por el Art. 542 del mismo cuerpo normativo, dentro del plazo legal que se encuentra vencido, corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar en tiempo oportuno (Art. 540 del CPCC)."
Sobre la mora: "del acuerdo en ejecución no surge de ninguna de sus clausulas que se haya pactado la mora automática. Asimismo de las CD allegadas mediante el escrito de inicio, no surge la recepción de dichas misivas por el ejecutado". Se cita CC0203 LP B 73292 RSD-109-92 S, "Banco de Crédito Argentino S.A. c/ Bralo, Carlos Alberto s/ Ejecutivo": "Si no surge de autos que con anterioridad al mandamiento de intimación, hubiera mediado requerimiento idóneo para constituir en mora al deudor, sólo a partir de aquélla diligencia cabe tener por producida la constitución en mora". En consecuencia, "corresponde tenerla por constituida al momento en que se realizó la intimación de pago, esto es el día 03/09/2026".
Sobre los intereses: tras referirse a la doctrina legal de la SCJBA (Acs. 43.448 y 43.858; Acs. 51259, 555356), se determina que "deberá computarse la tasa activa que aplica el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a treinta días, la que se aplicará desde la fecha de mora ocurrida el día 03/09/2026 y hasta el efectivo pago" (cita CACC Junín, expte. JU-6620-2013, 05/05/2015).
Sobre la cláusula penal: "el juzgador tiene facultades para reducir de oficio lo pactado por las partes" (art. 656 CC; CC0203 LP 112836 RSD-178-10 S, 30/11/2010; CC0002 SM 43314 RSD-16-98 S, 12/02/1998). Se valoró que la multa de u$s 100 diarios (aprox. $4.635.000 mensuales, 12,53% del capital reclamado) era "evidentemente" desproporcionada, por lo que se fijó en u$s 50 diarios (arts. 765, 766, 790-794 CCyC; CACC Departamental, "Navarro Haydee Olga c/ Belizán Raúl s/ Cumplimiento de Contratos", expte. 45.436, 28/12/2021).
Sobre el domicilio: "no habiendo la parte emplazada constituido domicilio procesal, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto por el art. 41 del CPCC., teniéndoselo por constituido en los estrados del juzgado."
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Normas que cita
- CCyCNarts. 3, 7, 765, 766, 767, 768, 790, 791, 792, 794 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Buenos Aires)arts. 41, 68, 521, 529, 540, 542, 546, 549, 556
- Ley 14.967 (Buenos Aires)art. 51
Fallos que cita
- Banco de Crédito Argentino S.A. c/ Bralo, Carlos Alberto s/ EjecutivoCC0203 LP
- O., M. A. c/ D., J. J. s/ EscrituraciónCC0203 LP
- Boido, Cristina Rosa c/ Centurión, María Benita s/ Ejecución hipotecariaCC0002 SM
- Navarro Haydee Olga c/ Belizán Raúl s/ Cumplimiento de ContratosCACC Departamental · 28/12/2021
- Asociación Mutual Club Soc. Dep. Ascensión c/ Bianchi Néstor Olmar s/ Cobro EjecutivoCACC Junín · 05/05/2015
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