JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARG. GAS CAMPANA S.A. (ANTERIORMENTE ROARG CAMPANA S.H.) Y OTROS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires ejecutó por apremio un crédito de $9.909 en concepto de multa por incumplimiento de deberes formales de Ingresos Brutos contra la sociedad ARG GAS CAMPANA S.A. y contra sus socios y otros codemandados. El Tribunal rechazó la excepción de inhabilidad de título opuesta por la sociedad, pero admitió la falta de legitimación pasiva reconducida como inhabilidad de título respecto de las personas humanas, por no estar identificadas como obligadas en el título ejecutivo, y mandó llevar adelante la ejecución sólo contra la sociedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 1 - CAMPANA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
42869
Apremio fiscal Ingresos brutos Multa por deberes formales Inhabilidad de titulo Falta de legitimacion pasiva Responsabilidad solidaria de socios Sociedad anonima irregular Titulo ejecutivo Identificacion del legitimado pasivo Ley 13.406

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Dr. Francisco Martín Arrue.

¿A quién se demanda?

ARG GAS CAMPANA S.A. (anteriormente ROARG CAMPANA S.H.), y los Sres. Mariano Matzkin, Héctor Mario Zanou, Marcela Verónica Labro, María Cristina Momesso, Ana María Serna (fallecida; representada por el Defensor Oficial en carácter de Defensor de Ausentes de sus herederos) y Romina Rodio Brown.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de una multa de $9.000 (capital reclamado de $9.909, con más intereses y costas) impuesta por incumplimiento de deberes formales en materia de Impuesto sobre los Ingresos Brutos. El título ejecutivo fue emitido el 30/09/2009.

¿Qué se resolvió?

(a) Se rechazó la excepción de inhabilidad de título opuesta por ARG GAS CAMPANA S.A., a la que adhirieron los coejecutados. (b) Se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva, reconducida como inhabilidad de título, interpuesta por los socios y por el Defensor Oficial, y se rechazó la ejecución contra ellos. (c) Se rechazó también la ejecución contra Marcela Verónica Labro. (d) Se mandó llevar adelante la ejecución sólo contra ARG GAS CAMPANA S.A. por el capital reclamado, con intereses conforme ordenanzas municipales desde el 30/09/2009 hasta el pago. (e) Costas: a los ejecutados vencidos en la excepción de inhabilidad de título; a la ejecutante en la excepción de falta de legitimación pasiva reconducida; y a la sociedad en la ejecución que prospera.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La presente ejecución se encuentra regida por la Ley 13.406, cuyo artículo 9 inciso 'c' contempla la excepción de inhabilidad de título fundada en sus formas extrínsecas, entre las que incluye expresamente la identificación del legitimado pasivo y del tributo adeudado."

"La excepción de inhabilidad de título interpuesta debe ser rechazada, pues no se advierte que el instrumento carezca de los requisitos legales exigidos para habilitar la ejecución. La mención del impuesto sobre los Ingresos Brutos no resulta incompatible con el reclamo de una multa por incumplimiento de deberes formales vinculados con dicho tributo. Asimismo, al ejecutarse una sanción y no una deuda por períodos impositivos, la falta de indicación de estos no determina, por sí sola, la inhabilidad del instrumento."

"Si bien dicha defensa no está prevista como excepción autónoma en el artículo 9 de la Ley 13.406, corresponde atender a su contenido y examinarla dentro de la inhabilidad de título, en cuanto cuestiona la identificación de los sujetos contra quienes puede dirigirse la ejecución, requisito expresamente comprendido en el inciso 'c' de aquella disposición."

"Ahora bien, aun cuando se admitiera la procedencia de la responsabilidad solidaria invocada por el organismo recaudador, ello no exime a la ejecutante de contar con un título ejecutivo hábil para perseguir su cobro contra los sujetos demandados. En este aspecto, el instrumento acompañado con la demanda individualiza exclusivamente a ARG GAS CAMPANA S.A., sin identificar a las personas humanas codemandadas como obligadas al pago."

"El expediente administrativo fue incorporado a estas actuaciones como prueba informativa para examinar los antecedentes de la sanción y la responsabilidad invocada por el Fisco. Su agregación con esa finalidad no equivale a su incorporación como instrumento complementario del título ejecutivo."

"En consecuencia, la atribución de responsabilidad solidaria contenida en la disposición administrativa no basta para suplir la falta de individualización de los coejecutados en el título que sustenta esta ejecución. Debe distinguirse la eventual existencia de una obligación a su cargo de la aptitud del instrumento presentado para exigir su cumplimiento por la vía de apremio."

"Esta decisión se limita a la falta de habilidad del título para sustentar el presente apremio en su contra y no importa pronunciamiento sobre la existencia o el alcance de su eventual responsabilidad sustancial."

Normas que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.