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Primera Instancia

ZAMORA, ADOLFO DOMINGO MARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda ordinaria contra la ANSeS impugnando la resolución que denegó el reajuste de su haber previsional y la movilidad correspondiente, por no haberse actualizado debidamente las remuneraciones en actividad. El Juzgado Federal N° 2 de Rosario hizo lugar a la demanda, ordenó el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas, e impuso las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE ROSARIO 2 - SECRETARIA F
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 032492/2025
Reajuste de haber previsional Movilidad jubilatoria Ley 24.241 Ley 27.609 Haber inicial Prescripcion bienal Intereses tasa pasiva Costas a la demandada Anses Seguridad social

¿Quién es el actor?

Adolfo Domingo Mario Zamora.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional y de la movilidad, por considerar que el beneficio otorgado al amparo de la ley 24.241 se determinó sin la debida actualización de las remuneraciones en actividad.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la demanda, ordenando a la ANSeS el pago del haber recalculado y de las diferencias retroactivas conforme las pautas fijadas en los considerandos, con costas a la demandada. Se difirió la regulación de honorarios de la parte actora por ausencia de base arancelaria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe advertir que toda vez que las partes han consentido el llamamiento de autos, han quedado también consentidas las eventuales nulidades procesales que hubieren podido alegarse en la etapa procesal oportuna."

"Así recalculado el haber inicial -en ningún caso podrá resultar una suma inferior a la efectivamente percibida, y la mayor de ambas será la base de la movilidad a calcular."

Respecto de la inconstitucionalidad de la ley 27.609, se citó la doctrina de la CSJN ("Badaro"): "…el precepto constitucional de la movilidad se dirige primordialmente al legislador, que es el que tiene la facultad de establecer los criterios que estime adecuados a la realidad…", concluyendo que "no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."

Respecto de prescripción: "Corresponde su admisión con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo de reajuste de haberes (conf. art.82 de la ley 18.037)", liquidándose diferencias desde el 13/08/2023.

Sobre intereses: "se impondrá la tasa pasiva mensual, dispuesta por el comunicado N°14290 del B.C.R.A., ello de conformidad a las pautas brindadas en las sentencias referencias arriba."

Sobre costas: "toda vez que supone una derogación tácita de lo dispuesto en el art. 21 de la ley 24.463 corresponde imponer las mismas a la parte demandada."

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.426art. 3 · Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423arts. 36, 52, 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.153art. 2 · Solidaridad previsional
  • Ley 11.672Permanente de presupuesto
  • Constitución Nacionalart. 14 bis

Fallos que cita

  • Monzo, Felipe J. c/ ANSESCSJN · 15/08/2006
  • Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSESCSJN · 11/11/2014
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeSCSJN · 08/08/2006
  • Sánchez, María del Carmen c/ ANSeSCSJN · 17/05/2005
  • Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeSCSJN · 18/12/2018
  • Alonso, Juan José c/ ANSeSCSJN · 04/09/2007
  • García, María Isabel c/ AFIPCSJN · 01/01/2019
  • Morales, Blanca Azucena c/ ANSESCSJN · 22/06/2023
  • Vera, Luis c/ ANSESJFR2 · 21/07/2020
  • Salamanco, María Graciela c/ ANSeSCFSS Sala III · 14/08/2025
  • De Vicente, Gabriela c/ ANSeSCFSS · 08/08/2024
  • Calderón, Aníbal Norberto c/ ANSeSCFAR Sala A · 25/08/2022
  • Actis CaporaleCSJN
  • Pupelis, María Cristina y otrosCSJN · 04/05/1991
  • Bruno Hnos. S.C. c/ Adm. Gral. de AduanasCSJN · 05/12/1992

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