SERVIN, DEBORA NAZARENA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La parte actora reclamó por las secuelas de un accidente in itinere sufrido en la rodilla, pie y tobillo izquierdos, con pretensión de incapacidad física y psíquica en el marco de la Ley 27.348. La Cámara confirmó la sentencia que declaró desierto el recurso contra la resolución de la Comisión Médica, por considerar que no se acreditaron secuelas incapacitantes ni elementos objetivos que sustentaran la incapacidad psíquica.
¿Quién es el actor?
Débora Nazarena Servin.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso contra la resolución del Servicio de Homologación de la Comisión Médica Nº 10 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, que determinó la inexistencia de incapacidad derivada de un accidente in itinere ocurrido el 11 de junio de 2025.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo que fue objeto de apelación. Las costas de alzada se impusieron en el orden causado y se regularon los honorarios de las representaciones letradas de las partes en el 10% (actora) y 13% (demandada), calculados sobre lo que les corresponda por su actuación en primera instancia. El acuerdo fue unánime.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...no individualiza elementos médicos objetivos que permitan considerar que tales afecciones hubieran sido constatadas ni explica concretamente qué aspecto de la evaluación efectuada resultaría incorrecto."
"...la mera discrepancia con la conclusión alcanzada en sede administrativa acerca de la inexistencia de secuelas incapacitantes, sin sustento en elementos objetivos que contradigan la evaluación realizada, no resulta suficiente para modificar lo decidido (art. 116 de la ley 18.345)."
"...se limita a sostener que presenta un daño psicológico al que atribuye un 10% de incapacidad, sin individualizar constancias de atención o tratamiento psicológico o psiquiátrico, diagnóstico especializado ni otros elementos objetivos que sustenten la afección invocada..."
Respecto de la inconstitucionalidad de la Ley 27.348, el voto remarca que la declaración de inconstitucionalidad es "última ratio" y exige demostrar el perjuicio concreto, lo que no surge del memorial. Se recordó que la CSJN se pronunció sobre la validez constitucional del trámite previsto en dicha ley (caso "Pogonza").
En cuanto a costas de primera instancia, se mantuvo la imposición en el orden causado (art. 68, segundo párrafo, CPCCN), por cuanto la trabajadora pudo considerarse con derecho a reclamar ante la efectiva ocurrencia del infortunio.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 18.345art. 116 · Organizacion y procedimiento
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada Ac. C.S.J.N.arts. 38/13, 11/14, 3/15
- Ley 26.685Justicia
Fallos que cita
- Pogonza, Jonathan Jesús c/ Galeno ART S.A.CSJN · 02/09/2021
- Fallos 324:3345CSJN
- Fallos 325:645CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.