JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 1 - CIUDADANO: SOLDANO, CLAUDIO LEONEL s/INCIDENTE

El ciudadano Claudio Leonel Soldano fue inhabilitado en sus derechos políticos hasta 2030 por la justicia electoral de primera instancia. La Cámara Nacional Electoral revocó la sentencia, entendiendo que la pretensión recursiva del interesado constituye una petición suficiente para analizar la posibilidad de votar, y ordenó que se dicte nueva resolución garantizando la intervención de las partes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA NACIONAL ELECTORAL - SECRETARIA DE ACTUACION JUDICIAL
Fuero
ELECTORAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNE 002727/2026/1/CA001
Derechos politicos Inhabilitacion electoral Art. 3 codigo electoral nacional Inconstitucionalidad Procuracion penitenciaria Orazi Peticion del interesado Viabilidad juridica y factica del voto Codigo penal arts. 12 y 19 Sufragio de condenados.

¿Quién es el actor?

Claudio Leonel Soldano (ciudadano inhabilitado; la inhabilitación se dispuso en el marco del art. 3 del Código Electoral Nacional).

¿A quién se demanda?

no se individualiza una contraparte en sentido estricto; se trata de un incidente de inhabilitación en autos "Soldano, Claudio Leonel s/inhabilitación (art. 3 CEN)", con intervención del Ministerio Público Fiscal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la inhabilitación del ciudadano para el ejercicio de sus derechos políticos.

¿Qué se resolvió?

el juzgado federal con competencia electoral de Capital Federal había resuelto inhabilitar a Soldano hasta el 19 de enero de 2030, en los términos del Fallo CNE 3451/2014/CA1. La Cámara revocó esa sentencia y ordenó a la a quo arbitrar los medios necesarios para que, garantizando previamente la intervención de las partes, se resuelva nuevamente el fondo del asunto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el caso 'Orazi' (Fallos 345:50), haya destacado expresamente la plena ejecutoriedad de la doctrina sentada por este Tribunal en el caso 'Procuración Penitenciaria' (Expte. Nº CNE 3451/2014/CA1, sentencia del 24 de mayo de 2016) -en el que fue declarada la inconstitucionalidad de los incisos 'e', 'f' y 'g' del artículo 3º del Código Electoral Nacional y de los artículos 12 y 19 inciso 2° del Código Penal de la Nación-, esta Cámara estableció que 'los magistrados del fuero arbitrarán los medios que permitan votar a los ciudadanos cuya situación encuadre en la inconstitucionalidad declarada […] en la medida en que tal decisión result[ara] […] viable'."

"Allí -y en reiteradas oportunidades posteriores-, se descartó una habilitación genérica de oficio y se estableció -como condiciones mínimas a considerar- que la cuestión debía tratarse en un 'caso concreto, instado por petición del interesado o del Ministerio Público' y que debía verificarse que la posibilidad de votar fuera 'jurídica y fácticamente viable'. Esto último, 'atendiendo al tipo y la naturaleza del delito que motiva la inhabilitación' y a las 'distintas circunstancias procesales o fácticas en que aquellos se encuentren'."

"[…] si bien la magistrada de grado valoró las constancias obrantes en el expediente al momento de resolver, y siguió los lineamientos jurisprudenciales sentados por el Tribunal, la pretensión recursiva del interesado y su defensa (cf. fs. 20/21 y fs. 30/33) no puede ser entendida sino como una 'petición del interesado' (cf. Fallos cit.)."

Normas que cita

  • CENart. 3
  • CParts. 12, 19 inc. 2 · Codigo penal

Fallos que cita

  • OraziCSJN · Fallos 345:50
  • Procuración PenitenciariaCNE · 24/05/2016

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.