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Cámara de Apelaciones

GALEPPI, PABLO EMMANUEL S/ 6.1.26 - TELEFONOS CELULARES O REPRODUCTORES DE VIDEO

La Sala IV de la Cámara de Casación en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Pablo Emmanuel Galeppi contra la condena por el art. 6.1.26, 2º párrafo, RF (uso de teléfono celular al conducir). El tribunal consideró que el escrito carecía de una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la sentencia, limitándose a reiterar los planteos de la instancia anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA DE CASACIÓN Y APELACIONES PCYF CABA
Fuero
PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS (CABA)
Jurisdicción
Local · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
40197-2026-0
Telefonos celulares Conduccion Acta de comprobacion Presuncion probatoria art. 5 lpf Informe pericial Recurso de apelacion Mal concedido Fundamentacion recursiva Arbitrariedad Ley de procedimiento administrativo de faltas

¿Quién es el actor?

Ministerio Público de la Ciudad de Buenos Aires (autoridad administrativa que labró el acta).

¿A quién se demanda?

Pablo Emmanuel Galeppi.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Sanción por la falta del art. 6.1.26, 2º párrafo, RF, por enviar mensajes desde el celular mientras conducía el vehículo Toyota Prius, dominio , el 26/08/2025 en Av. Juan B. Justo 1280.

¿Qué se resolvió?

En primera instancia se rechazó la nulidad del acta, se condenó a Galeppi a una multa de 200 UF en suspenso. La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación de la defensa, con costas en la instancia (art. 34 LPF).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso ha sido deducido contra un auto expresamente declarado apelable, por quien tenía derecho a hacerlo y en el plazo legalmente previsto. Sin embargo, carece de la fundamentación exigida por la ley y por ello ha sido mal concedido (conf. arts. 57 y 58 LPF)."

"Esta regla coloca en el recurrente una carga de fundamentación que no se satisface con la mera enunciación y desarrollo de su desacuerdo con la decisión impugnada, sino que exige una crítica concreta y razonada de los argumentos de la resolución capaz de demostrar que aquella violó las formas del proceso, desaplicó la ley (...) o resultó arbitraria (...)."

"[E]l apelante reiteró que el informe pericial presentado (...) debió haber desvirtuado la imputación sostenida. Empero, no indicó cuál es la regla de valoración de la prueba que habría infringido el juez al desechar la validez de ese informe."

"De tal modo, contrariamente a lo sostenido por el juez a quo, el recurso carecía de una crítica concreta y razonada de los fundamentos de la sentencia capaz siquiera de pregonar su arbitrariedad o su apartamiento de la ley. Por ende, ha sido mal concedido."

Normas que cita

  • 6.1.26 (Caba)art. 6.1.26

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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