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Primera Instancia

ARCA c/ JAKLAI S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La ARCA promovió ejecución fiscal contra JAKLAI S.A.S. por una deuda de $5.601.285,31 en concepto de tributos. El Juzgado Federal de Córdoba 2 declaró expedita la ejecución y mandó a llevarla adelante, autorizando el embargo bancario y, en su caso, la inhibición general de bienes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 016678/2026
Ejecucion fiscal Arca Deuda tributaria Intimacion de pago Excepciones Art. 92 ley 11.683 Embargo bancario Inhibicion general de bienes Costas Honorarios administrativos

¿Quién es el actor?

ARCA (ex A.F.I.P.)

¿A quién se demanda?

JAKLAI S.A.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de la deuda fiscal de $5.601.285,31, con más sus intereses legales, según la boleta de deuda agregada en autos.

¿Qué se resolvió?

el tribunal declaró expedita la ejecución y habilitó a la ARCA a llevarla adelante hasta el íntegro pago del capital, con intereses. Impuso las costas a la demandada, dispuso que los honorarios del letrado se estimen administrativamente según el art. 92 de la Ley 11.683, y ordenó la inhibición general de bienes si el embargo bancario resulta negativo o insuficiente. Asimismo, fijó la imputación de fondos a las cuentas recaudadoras y la liquidación administrativa de la deuda, impugnable en cinco días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." El fundamento central es la falta de oposición de excepciones dentro del plazo legal, lo que habilita la ejecución conforme al art. 92 de la Ley 11.683. Respecto de la inhibición, el tribunal la sujetó a que el embargo bancario resulte negativo o insuficiente, bajo responsabilidad de la ejecutante.

Normas que cita

  • Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
  • CPCCNarts. 68, 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • 276/08

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