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Primera Instancia

ARCA c/ CONSTAG S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

El organismo fiscal promovió ejecución fiscal contra una sociedad por una deuda de $9.935.088 emergente de una boleta de deuda, sin que la demandada opusiera excepciones. El Juzgado mandó llevar adelante la ejecución, habilitó el embargo bancario y la inhibición general de bienes como medidas subsidiarias y impuso las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 034226/2026
Ejecucion fiscal Ley 11.683 Intimacion de pago Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Embargo bancario Inhibicion general de bienes Costas Honorarios administrativos Imputacion de fondos.

¿Quién es el actor?

ARCA (ex AFIP).

¿A quién se demanda?

CONSTAG S.A.S.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de la suma de $9.935.088 correspondiente a conceptos surgidos de la boleta de deuda agregada en autos.

¿Qué se resolvió?

se declaró expedita la ejecución, habilitando a la AFIP a llevarla adelante hasta el pago íntegro del capital con más intereses legales; se impusieron costas a la demandada con honorarios a estimarse administrativamente (art. 92 Ley 11.683); se dispuso que, ante un embargo bancario negativo o insuficiente, se trabará inhibición general de bienes en los registros automotor y provincial; se impuso a la ejecutante el deber de pedir la imputación de fondos si el embargo fuera positivo; y se previó la liquidación administrativa de la deuda, impugnable en cinco días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." "II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad..."

Normas que cita

  • Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
  • 276/08
  • Acordada 6/14
  • Ley 8404 (Provincia De Cordoba)
  • Ley 6468 (Provincia De Cordoba)
  • Ley 9201 (Provincia De Cordoba)
  • Ley 9225 (Provincia De Cordoba)
  • Resolución 484/10
  • Resolución 157/09

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