MANQUILEF, HUGO OMAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra la ANSES para la redeterminación del haber inicial de su jubilación y su posterior movilidad, cuestionando la PBU, la PC/PAP, la movilidad de las leyes 27.541 y 27.609 y los topes legales. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en lo pertinente, y declaró prescriptas las diferencias anteriores al 30/1/2023.
¿Quién es el actor?
Hugo Omar Manquilef.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recálculo del haber inicial (PBU y PC/PAP), reajuste por movilidad del beneficio previsional, con retroactivos, intereses y costas. Se cuestionó también la movilidad dispuesta por las leyes 27.541 y 27.609 y el decreto 274/24, y la constitucionalidad de los topes de los arts. 26 de la ley 24.241, 14 de la Res. SSS 6/09 y 9 inc. 3 de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
el tribunal hizo lugar a la demanda y dispuso la redeterminación del haber inicial y su posterior movilidad; hizo lugar a la excepción de prescripción; tuvo presente los topes legales en la etapa de liquidación; ordenó el pago del nuevo haber y retroactividades en el plazo del art. 22 de la ley 24.463 con intereses a la tasa pasiva del BCRA, aplicando los límites de "Villanustre" y "Padilla"; e impuso las costas a la demandada, diferiendo la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Respecto al reajuste de la PBU ... debe determinarse la incidencia que tiene la ausencia de incremento de la PBU sobre el total del haber -considerando 10º 'Quiroga'- y así determinar si existe confiscatoriedad."
"Corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609. En consecuencia, se debe movilizar el beneficio de autos en forma trimestral por el período Marzo 2022 - Diciembre 2023, ambos inclusive, mediante el índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado del trimestre."
"Corresponde rechazar el planteo referido al decreto 274/2024 por no haberse acreditado el perjuicio sobre el haber previsional objeto de autos."
"Corresponde declarar prescriptas las diferencias devengadas con anterioridad al 30/1/2023, según el plazo de dos años que marca la norma citada [art. 82 ley 18.037]."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.241arts. 20, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 9 inc. 3, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 22 · Solidaridad previsional
- Ley 27.609art. 1 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Decreto 274
- Resolución 6art. 14
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
Fallos que cita
- VillanustreCSJN · 17/12/1991
- PadillaCSJN · 24/04/2008
- Actis CaporaleCSJN
- BadaroCSJN
- ElliffCSJN · 11/08/2009
- VolontéCSJN · 28/03/1985
- MaklerCSJN · 20/02/2003
- QuirogaCSJN
- TolosaCSJN · 30/04/1974
- MoralesCSJN
- Spitale
- LezcanoCFABB · 09/02/2021
- Di SantoCFABB · 11/06/2020
- LugonesJFN1 · 31/08/2018
- BenitezCFABB · 04/12/2017
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.