JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 1 - ACTOR: SANNAZZARO, ROBERTO LUIS DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La actora y la demandada apelaron la sentencia de ejecución previsional que aprobó la planilla y declaró inconstitucionales los topes de los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241 en el caso concreto. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia y ordenó el reajuste de la PBU, por entender que la liquidación era correcta y que la aplicación de los topes generaba una merma mayor al 15% del haber.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 008947/2015/1/CA002
Ejecucion previsional Reajuste por movilidad Pbu Topes legales Inconstitucionalidad Confiscatoriedad Actis caporale Quiroga Movilidad jubilatoria Honorarios de alzada

Actor (ejecutante): Roberto Luis Sannazzaro.

Demandado (ejecutado): ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de sentencia en un juicio de reajuste por movilidad, con recálculo de la PBU (prestación básica universal), liberación de topes legales y actualización de la planilla.

¿Qué se resolvió?

se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, ordenando el reajuste de la PBU. Se regularon los honorarios de los profesionales actuantes en esta alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. Las costas de esta instancia se impusieron a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Analizada la planilla, surge que el método utilizado por quien confeccionó la liquidación es coincidente con lo sostenido por esta Sala 'B' en autos 'ANTONELLI, Ricardo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', 'AMAT, Juan Alberto c/ ANSES s/ Ejecución previsional' y la Sala 'A' en autos 'LOPEZ, Osvaldo Ricardo c/ ANSeS s/ Ejecución Previsional', por lo que el cálculo realizado resulta correcto y en consecuencia corresponde rechazar el agravio de la demandada, hacer lugar al del actor y ordenar la actualización del componente."

"Respecto del tope máximo determinado en el inciso 3 del artículo 9 de la ley 24.463, se observa que en la totalidad del período computado la disminución en el haber jubilatorio que significaría su aplicación es mayor al 15%, razón por la cual luce acertada la liberación hecha por el experto contable en la planilla y por lo tanto habrá de confirmarse lo dispuesto por el juez a quo respecto a su inconstitucionalidad conforme el criterio mantenido por el máximo tribunal en el fallo 'Actis Caporale'."

"En relación al tope del art. 26 de la ley 24.241, se advierte de la lectura de la liquidación practicada que su aplicación genera una merma mayor al guarismo del 15% que la Corte entiende aceptable, por lo que habrá de confirmarse su inconstitucionalidad por resultar, en el caso concreto, confiscatorio conforme el criterio mantenido por el máximo tribunal en el fallo 'Actis Caporale'."

Respecto de la aplicación de la doctrina "Villanustre", la queja no fue admitida porque la demandada no acreditó el salario en actividad ni cómo se habría superado ese límite.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 9 (inc. 3) · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241arts. 26, 25 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423arts. 36, 21, 24, 29, 41 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.541art. 55 · Emergencia publica
  • Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
  • Resolución 06/2009 (SSS)art. 14

Fallos que cita

  • QuirogaCSJN
  • VillanustreCSJN
  • ANTONELLI, Ricardo c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFR Sala B
  • AMAT, Juan Alberto c/ ANSES s/ Ejecución previsionalCFR Sala B
  • LOPEZ, Osvaldo Ricardo c/ ANSeS s/ Ejecución PrevisionalCFR Sala A
  • PERALTA, Enrique José c/ ANSeS s/ Reajustes por MovilidadCFR Sala B

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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