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Primera Instancia

IERIC c/ SANCHEZ, GUSTAVO ENRIQUE s/EJECUCION FISCAL ? Varios

El Juzgado Federal de Bahía Blanca 1 hizo lugar a la ejecución fiscal iniciada por IERIC contra Gustavo Enrique Sánchez por un capital de $3.578.220, al no haber sido opuesta excepción legítima alguna. El tribunal ordenó llevar adelante la ejecución con intereses, gastos y costas, e impuso la inhibición general de bienes del demandado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE BAHÍA BLANCA 1 - SECRETARIA EJECUCIONES FISCALES
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 005612/2025
Ejecucion Sentencia de remate Falta de excepciones Intimacion de pago Capital reclamado Intereses y costas Inhibicion general de bienes Apercibimiento art. 41 cpccn Medidas cautelares Registro de la propiedad.

¿Quién es el actor?

IERIC (representada por María Florencia Garay).

¿A quién se demanda?

Gustavo Enrique Sánchez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro ejecutivo de capital de $3.578.220, con intereses, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

el tribunal sentenció la causa de remate y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del capital, intereses, gastos y costas (arts. 542, 551 y 558 CPCCN), difirió la regulación de honorarios hasta la aprobación de la liquidación definitiva y hizo efectivo el apercibimiento del art. 41 CPCCN. Además, decretó la inhibición general de bienes del demandado (art. 534 CPCCN) y ordenó los oficios al Registro de la Propiedad Inmueble y a la DNRPA, sin incluir al B.C.R.A.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que diligenciado correctamente el mandamiento de intimación de pago, la demandada no opuso excepción legítima alguna en el término que se le acordara, el cual se encuentra vencido." La medida al B.C.R.A. no se ordena porque "la medida cautelar prevista para los arts. 228 y 534 del CPCCN, sólo puede comprender a los bienes que cuentan con una forma legal de registración y publicidad, no pudiéndose extender indiscriminadamente a otros supuestos (PODETTI, 'Tratado de las medidas cautelares', pág. 293), y que, por otra parte, la inhibición solo puede tener efecto respecto de aquellos bienes para cuya transferencia se exige el previo certificado de libre gravamen (RAMIREZ, 'Medidas Cautelares', pág. 215)."

Normas que cita

  • CPCCNarts. 41, 136, 137, 198, 228, 534 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • PODETTI, Tratado de las medidas cautelares
  • RAMIREZ, Medidas Cautelares
  • CFABB, Expte. FBB 12025/2019/1/CA1CFABB · 03/02/2022

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