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Primera Instancia

MARTINEZ, CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor promovió demanda contra la ANSeS reclamando el reajuste por movilidad de su haber de jubilación y la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas previsionales y tributarias. La jueza hizo lugar parcialmente al reclamo: declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 desde 2022 y del art. 14 inc. 2 de la Resolución 06/09 SSS, ordenó la actualización trimestral del haber y rechazó el suplemento de sustitutividad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE BAHIA BLANCA 2 - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE BAHÍA BLANCA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FBB 003611/2026
Movilidad previsional Ley 27.609 Inconstitucionalidad Haber jubilatorio Ajuste trimestral Ipc Ripte Confiscatoriedad Sustitutividad Anses

¿Quién es el actor?

Carlos Alberto Martínez.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del ajuste por movilidad del beneficio de jubilación, pago de las sumas devengadas en concepto de retroactivo, y declaración de inconstitucionalidad de la ley 27.609, los decretos 274/24 y 782/24, el art. 9 inc. 3 de la ley 24.463, los arts. 9, 25 y 26 de la ley 24.241, la Resolución 03/21, el art. 7 de la ley 23.928 y los arts. 23 inc. c, 79 inc. c, 81 y 90 de la ley 20.628. Asimismo, solicitó un suplemento de sustitución equivalente al 70% del promedio de remuneraciones actualizadas.

¿Qué se resolvió?

se rechazó la excepción de prescripción; se rechazó parcialmente la demanda; se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordenó la actualización trimestral del haber con fórmula 50% IPC y 50% RIPTE hasta el trimestre enero-marzo de 2024; se declaró la inconstitucionalidad del art. 14 inc. 2 de la Resolución 06/09 SSS (art. 4 Res. SSS 03/21); se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 y del art. 26 de la ley 24.241 para el caso de confiscatoriedad acreditada en la liquidación; se declaró la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley 20.628 si el recálculo superara el mínimo no imponible; se rechazó el suplemento de sustitutividad; se impusieron las costas a la vencida y se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de lo expuesto, se resuelve declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir del año 2022 y ordenar a la administración demandada a actualizar los haberes previsionales en forma trimestral, a partir del año 2022, en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre con la fórmula indicada compuesta en un 50% por las variaciones en el IPC (Nivel General) del INDEC y en un 50% por las variaciones en el índice RIPTE, ocurridas en el trimestre en cuestión (sin rezago), hasta el trimestre enero-marzo 2024 inclusive."

"Conforme lo allí señalado, respecto al período mencionado, '…se generó un apartamiento progresivo entre la movilidad aplicada y los mencionados indicadores, que arroja como resultado una depreciación acumulada para los haberes de pasividad en el período comprendido entre los meses de enero de 2021 a marzo de 2024, del 97,29% en relación al IPC y del 66,18% en comparación al RIPTE…'."

"En consecuencia, se declara la inconstitucionalidad del art. 14 inc. 2 de la Resolución N°06/09 SSS (art. 4 Res. SSS 03/21), por resultar su aplicación un exceso reglamentario por parte de la administración."

"Por último, respecto a los restantes pedidos de inconstitucionalidad, la parte actora sólo plantea una hipótesis y no un hecho concreto, razón por la cual corresponde rechazar dicha solicitud."

"Por ende, siguiendo el criterio de la CSJN, corresponde rechazar el suplemento de sustitutividad solicitado."

Normas que cita

  • Ley 27.609art. 1 · Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 24.241arts. 9, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463art. 9 inc. 3 · Solidaridad previsional
  • Resolución 06/09 SSSart. 14 inc. 2
  • Ley 20.628arts. 82 inc. c, 23 inc. c, 79 inc. c, 81, 90 · Impuestos a las ganancias
  • Ley 23.928art. 7 · Convertibilidad del austral
  • Decreto 274/24
  • DNU 157/2018art. 3
  • Constitución Nacionalart. 75 inc. 23

Fallos que cita

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