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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 2 - IMPUTADO: VILLENA, DANIEL EMILIO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO

El defensor público oficial de Ariel Emilio Villena interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia que había rechazado los recursos de casación de las defensas. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso, por mayoría, por no demostrar la existencia de cuestión federal ni defectos graves que habiliten la doctrina de la arbitrariedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 1
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FPA 002271/2021/TO01/40/2
Recurso extraordinario federal Inadmisibilidad Cuestion federal Doctrina de la arbitrariedad Relacion directa e inmediata Ley 48 Acordada 4/2007 csjn Casacion penal Defensa publica oficial Costas

Actor/Recurrente: defensa pública oficial de Ariel Emilio Villena.

Demandado/Parte contraria: Ministerio Público Fiscal (dictamen propiciando la inadmisibilidad).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso extraordinario federal contra la resolución de esta misma Sala (reg. nº 742/26) que había rechazado los recursos de casación interpuestos por las defensas.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, con costas en la instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el recurso extraordinario federal exige, entre otros requisitos para su procedencia, que la sustancia del planteo en que se funda implique el debate de una cuestión federal, lo que en el presente caso sometido a control jurisdiccional no se advierte (Fallos: 306:136; 305:1694 y 147:371, entre otros)."

"...no corresponde hacer lugar a la excepción de la doctrina de la arbitrariedad de sentencia, por cuanto en atención al carácter restrictivo de la admisión de la aludida doctrina, para que prospere la impugnación con ese respaldo, es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual el recurrente no consiguió probar en autos (Fallos: 311:1695)."

"...el recurrente basó su impugnación en la reedición de agravios que tuvieron adecuada respuesta y en juicios discrepantes con el criterio adoptado, lo que no implica de suyo acreditar relación directa e inmediata entre la materia del pleito y la cuestión federal invocada (Fallos: 295:335; 300:443; 302:561 y 303:2012, entre otros)."

"...la defensa no logra demostrar, ni tampoco se advierte, que se haya vulnerado el derecho al recurso de su defendido."

Nota: el voto del juez Slokar propiciaba inadmisibilidad sin costas; los votos de Petrone y Barroetaveña imponen costas, y el acuerdo final se dictó por mayoría con costas.

Normas que cita

  • Ley 48arts. 14, 15 · Justicia nacional
  • Acordada 4/2007arts. 3 incisos d) y e), 11
  • CPCCNarts. 68, 69, 257 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CPPNarts. 456, 470, 471, 530
  • Acordada 10/2025

Fallos que cita

  • Fallos 306:136CSJN
  • Fallos 305:1694CSJN
  • Fallos 147:371CSJN
  • Fallos 311:1695CSJN
  • Fallos 295:335CSJN
  • Fallos 300:443CSJN
  • Fallos 302:561CSJN
  • Fallos 303:2012CSJN

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