ROMERO, PAOLA NANCY c/ EXPERIENCIA ART S.A s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La parte actora reclamó la reparación de una contingencia laboral derivada de una hernia umbilical y de una afección psíquica, atribuidas a esfuerzos físicos en su trabajo como vendedora. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda por falta de acreditación de las tareas y del episodio denunciado, y modificó únicamente la imposición de costas de primera instancia, que fueron distribuidas en el orden causado.
¿Quién es el actor?
Paola Nancy Romero.
¿A quién se demanda?
Experiencia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación por accidente de trabajo / enfermedad laboral (Ley especial de riesgos del trabajo), por secuelas físicas (hernia umbilical) y psíquicas (reacción vivencial anormal neurótica depresiva).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el rechazo de la demanda dictado en primera instancia y modificó la imposición de costas de la instancia anterior, que quedaron en el orden causado. Impuso las costas de alzada en el orden causado y reguló los honorarios de la representación letrada de la actora por la actuación en alzada en el 30% de lo que le corresponda por la instancia anterior. Por mayoría de los votos de los Dres. Fera y Perugini.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la controversia no se limita a determinar si la trabajadora presenta las secuelas físicas y psíquicas informadas por los profesionales intervinientes, sino que comprende una cuestión anterior: establecer si las afecciones constatadas guardan relación causal con las tareas laborales y con el episodio denunciado en la demanda."
"...la descripción efectuada en el escrito inicial no constituye prueba de los hechos allí invocados, especialmente cuando estos fueron expresamente controvertidos por la contraria."
"...frente al desconocimiento de las circunstancias constitutivas de la pretensión, correspondía a la parte actora acreditar los hechos en los que sustentó su reclamo, sin que la ausencia de prueba en contrario permita tenerlos automáticamente por demostrados (cfr. arts. 377 y 386 del CPCCN)."
"...al no encontrarse acreditadas las tareas que la actora afirmó desempeñar ni el episodio al que atribuyó el origen de sus afecciones, no es posible establecer que las secuelas informadas guarden la relación de causalidad necesaria con el trabajo."
"...la ausencia de denuncia ante la ART no constituye, por sí sola, un impedimento para el reconocimiento judicial de una contingencia laboral, siempre que se encuentren acreditados los presupuestos necesarios..."
Respecto de costas: "...la actora pudo razonablemente considerarse asistida de mejor derecho para litigar, en razón de la pericia médica producida en autos, que determinó una incapacidad psicofísica del 35,71% de la total obrera..."
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Normas que cita
- Ley 18.345art. 38 · Organizacion y procedimiento
- CPCCNarts. 68, 377, 386 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- CCCNart. 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 26.685Justicia
- Acordada CSJN 38/13, 11/14 y 3/15
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