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Primera Instancia

DNM c/ VARGAS SALAS LUDWING DANIEL-EXPTE 28991455/22 s/PROCESO DE EJECUCION TRIBUTARIA

El Juzgado Federal de Ejecuciones Fiscales Tributarias Nº 5 mandó llevar adelante la ejecución promovida por la Dirección Nacional de Migraciones contra Ludwing Daniel Vargas Salas por una multa de $5.625.000, con más intereses y costas, ante la falta de oposición de excepciones por el ejecutado. La sentencia se fundó en la validez del certificado de deuda como título ejecutivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE EJECUCIONES FISCALES TRIBUTARIAS Nº 5 - SECRETARIA Nº 18
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 013637/2024
Ejecucion fiscal Multa migratoria Titulo ejecutivo Certificado de deuda Llevar adelante la ejecucion Intereses tasa pasiva bcra Costas Falta de excepciones Direccion nacional de migraciones.

¿Quién es el actor?

Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

¿A quién se demanda?

Ludwing Daniel Vargas Salas (DNI N° 94.477.942).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de $5.625.000 en concepto de multa, según certificado de deuda Nro. IF2024-74614842-APN-DGTJ#DNM, más intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

mandó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago de la suma reclamada, con más los intereses calculados según la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina (comunicación B.C.R.A. nro. 14.290), desde la fecha de mora hasta su efectivo pago, e impuso las costas al ejecutado vencido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte ejecutada opuesto excepciones, siendo el certificado de deuda título ejecutivo hábil y concurriendo los demás requisitos extrínsecos de admisibilidad de la pretensión, corresponde dictar sentencia mandando llevar adelante la presente ejecución por la suma reclamada con más sus intereses que serán calculados de acuerdo a la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el Banco Central de la República Argentina, conforme comunicación B.C.R.A. nro. 14.290 (CNCAFed., Sala II, in re: 'DNM c/ Faye, Adama-Expte 5977851/22 s/Ejecución Fiscal Tributarios', Exp. N° 6.298/2024, 12/09/2025), que se calcularán desde la fecha de la mora hasta su efectivo pago (arts. 768 y 769 del C.C.C.N. y arts. 550 y 551 del CPCCN)."

"Las costas serán impuestas a la ejecutada vencida (art. 558 CPCCN)."

Normas que cita

  • CCyCNarts. 768, 769 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNarts. 542, 550, 551, 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • DNM c/ Faye, AdamaCNCAFed Sala II · 12/09/2025

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