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Cámara de Apelaciones

CARAPEZZA CHRISTIAN ARIEL c/ GCBA Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara confirmó la regulación de honorarios de la perito psiquiatra María Beatriz Bernardi por la etapa de ejecución, por considerar que sólo fue apelada por altos. Además, aclaró que el IVA deberá ser depositado por la obligada si la perita acredita ser responsable inscripta.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 001545/2011/CA004
Honorarios Perito psiquiatra Ejecucion de honorarios Regulacion de honorarios Confirmacion Iva Responsable inscripto Danos y perjuicios Apelacion de honorarios Ley 27.423

¿Quién es el actor?

Christian Ariel Carapezza.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación de honorarios de la perito psiquiatra María Beatriz Bernardi, fijada a fojas 763, por la etapa de ejecución. Aclaró que dicha suma no incluye IVA, por lo que, acreditada la condición de responsable inscripto de la beneficiaria, la obligada deberá depositar el tributo junto con el monto de pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en función de la naturaleza, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido ante la anterior instancia, por la etapa de ejecución de los honorarios de la perito psiquiatra María Beatriz Bernardi, corresponde confirmar la regulación de fojas 763, habida cuenta que los honorarios fijados solo fueron apelados por altos (conf. arts. 16, 20, 44 y ccdtes. de la Ley Nº 27.423 y Resolución SGA Nº 2372/2026)." "cabe dejar aclarado que, en la suma regulada a fojas 763, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realiza el beneficiario- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, juntamente con el monto de pago."

Normas que cita

  • Ley 27.423arts. 16, 20, 44 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución 2372/2026
  • Ley 109art. 109

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