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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 6 - ACTOR: PROYECCION SEGUROS DE RETIRO SA Y OTROS DEMANDADO: EN-SSN (EXP 51247/08) Y OTROS s/INC HONORARIOS

Se trata de un incidente de regulación de honorarios en el marco de una ejecución de sentencia promovida por Proyección Seguros de Retiro S.A. contra la Superintendencia de Seguros de la Nación y otros. La Cámara confirmó las regulaciones de honorarios de fojas 201 y 240, por considerarlas ajustadas a derecho, y dejó aclarado que el IVA corresponde ser depositado por la obligada en caso de acreditarse la condición de responsable inscripto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 014158/2011/6/CA004
Regulacion de honorarios Ejecucion de sentencia Intereses de honorarios Ley 27.423 Impuesto al valor agregado Responsable inscripto Direccion letrada Causa propia Superintendencia de seguros de la nacion Costas.

¿Quién es el actor?

Proyección Seguros de Retiro S.A. y otros.

¿A quién se demanda?

EN-SSN (Superintendencia de Seguros de la Nación) y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios en el marco de la ejecución de sentencia (incidente nº 6), incluyendo los honorarios del Dr. Magram por la dirección letrada y su actuación en causa propia, y los intereses de honorarios de los Dres. Luschinsky y Paz.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la regulación de fojas 201 y la regulación de fojas 240, y aclaró que el Impuesto al Valor Agregado no está incluido en las sumas reguladas, por lo que, acreditada la condición de responsable inscripto del beneficiario, la obligada deberá depositarlo junto con el monto del pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en función de la naturaleza del proceso de ejecución de sentencia iniciado por PROYECCION SEGUROS DE RETIRO, del resultado obtenido y de la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional cumplido ante la anterior instancia, por la representación legal y dirección letrada de la parte actora, corresponde confirmar la regulación de fojas 201 por resultar ajustada a derecho (conf. arts. 16, 20, 21, 24, 25, 29, 41 y ccdtes. de la Ley Nº 27.423 y Resolución SGA Nº 2372/2026)."

"...en las sumas reguladas a fojas 201 y 240, no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que -frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo que oportunamente realiza el beneficiario- la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo, juntamente con el monto de pago."

Se deja constancia de que la Vocalía Nro. 15 de la Sala se encuentra vacante (art. 109 del RJN).

Normas que cita

  • Ley 27.423arts. 16, 20, 21, 24, 25, 29, 41 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución 2372/2026

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