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Cámara de Apelaciones

BASF ARGENTINA SA (TF 39155-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

La parte actora, BASF Argentina S.A., cuestionó la regulación de honorarios de su letrado en el marco de un recurso directo contra la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación. La Cámara Contencioso Administrativo Federal, Sala V, confirmó los honorarios regulados en primera instancia y fijó los emolumentos del letrado por su actuación ante la Alzada, a cargo de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 033424/2025/CA002
Honorarios profesionales Regulacion de honorarios Recurso directo Organismo externo Direccion general de aduanas Tribunal fiscal de la nacion Imposicion de costas Ley 27.423 Uma Iva sobre honorarios

¿Quién es el actor?

BASF Argentina S.A. (TF 39155-A)

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo de organismo externo contra la resolución del Tribunal Fiscal de la Nación del 27/12/2024, que había resuelto el litigio a favor de la actora y le había impuesto las costas a la demandada.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó los honorarios regulados el 22/04/2026 a favor de los letrados coapoderados y copatrocinantes de la parte actora, Dres. Jorge E. Rodríguez Larreta y Enrique C. Barreira, por su actuación en la instancia de grado. Asimismo, fijó en 3 UMA (equivalentes a $317.973, según Resol. SGA 2372/2026) los emolumentos del Dr. Enrique C. Barreira por su actuación como letrado apoderado y patrocinante ante la Alzada. Los montos quedan a cargo de la parte demandada, en virtud de la imposición de costas, y no incluyen IVA, que deberá depositarse en el momento del pago en caso de corresponder.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La decisión se sustenta en la naturaleza del proceso, el resultado obtenido en ambas instancias y la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional desarrollado, conforme los arts. 16, 20, 21, 22, 24, 29 y 58 de la Ley nº 27.423. Textualmente, el fallo señala que "teniendo en cuenta la extensión, calidad y eficacia del trabajo profesional desarrollado en las etapas cumplidas por ante la instancia de grado... es que corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados en su favor", y que "de conformidad con las pautas indicadas precedentemente... corresponde FIJAR los emolumentos del Dr. Enrique C. Barreira por su actuación como letrado apoderado y patrocinante de la parte actora en la cantidad de 3 UMA".

Normas que cita

  • Ley 27.423arts. 16, 20, 21, 22, 24, 29, 58 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución 2372/2026

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