KASZUBA PEDRO c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTE POR MOVILIDAD
El recurso extraordinario interpuesto por el actor contra la sentencia en materia previsional fue declarado procedente. La Corte dejó sin efecto la sentencia apelada por remitirse a los fundamentos de su precedente Gualdoni, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas.
¿Quién es el actor?
Pedro Kaszuba.
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de naturaleza previsional (jubilación), en el marco de un recurso de hecho deducido por el actor.
¿Qué se resolvió?
Se declaró procedente el recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia apelada y se ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, dicte nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Se agregó la queja al principal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios del apelante suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa: G.108.XXI, 'Gualdoni, Jorge Hambleto s/ jubilación', fallada con fecha 13 de abril de 1989, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad." La decisión se fundó exclusivamente en la remisión a dicho precedente. No se transcriben otros considerandos porque el fallo no contiene fundamentación autónoma.
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Fallos que cita
- Gualdoni, Jorge Hambleto s/ jubilaciónCSJN · 13/04/1989
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