BANCO DE LA NACION ARGENTINA c/ GIAMBENEDETTI HNOS. s/PROC ORDINARIO
El Banco de la Nación Argentina demandó a los fiadores de Giambenedetti Hnos. para cobrar una obligación garantizada, y la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza rechazó la demanda por considerar prescripta la acción y extinguida la fianza. La Procuración General opinó que corresponde hacer lugar a la queja, conceder el recurso extraordinario y revocar la sentencia por arbitrariedad, por omitir tratar la suspensión o interrupción de la prescripción alegada.
Actor (recurrente): Banco de la Nación Argentina.
¿A quién se demanda?
Giambenedetti Hnos. S.A. (obligada principal) y sus fiadores, quienes son directores o socios de aquella.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de la obligación afianzada, garantizada por fianza.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza confirmó el rechazo de la demanda, sosteniendo que la fianza admitía una sola prórroga, que las restantes prórrogas otorgadas unilateralmente por el acreedor constituían un abuso de derecho, y que la acción había prescripto por el transcurso del plazo decenal.
Qué opina la Procuración General: que la sentencia es arbitraria. Fundamentos transcriptos:
"La sentencia impugnada incurre en arbitrariedad con agravio directo e irreparable a los derechos de propiedad y defensa en juicio del recurrente, cuando al tiempo que confirma la sentencia de primera instancia que tiene por extinguida la fianza en base a la cual se ejecuta y por prescripta la posibilidad de accionar por el vencimiento del plazo legal, afirma de modo dogmático con el sólo apoyo de su voluntad, al igual que en el fallo de primera instancia, que la 'prórroga' autorizada en la fianza es una sola, sin fundamentar de modo alguno tal afirmación y sin hacerse cargo de las objeciones que efectuara el actor en su memorial de apelación."
"De igual modo, el tribunal omite tratar y considerar, a los fines de resolver acerca de la prescripción, la alegada suspensión o interrupción del plazo invocada por la actora, con base en constancias aportadas en la causa... cual es la causa agregada N° 66.721, 'Giambenedetti Hnos. S.A. c/ Banco de la Nación Argentina s/ medidas precautorias- Prohibición de no innovar' donde señala el actor se habría ordenado la prohibición de iniciar acciones judiciales contra los obligados principales y los fiadores aquí demandados, decisión judicial que invocó como acto interruptivo de la prescripción."
"...el fallo apelado incurre en una manifiesta omisión de tratamiento de cuestiones oportunamente propuestas y conducentes a la solución ajustada del litigio..."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 17, 18, 31
Fallos que cita
- Giambenedetti Hnos. S.A. c/ Banco de la Nación Argentina s/ medidas precautorias-Prohibición de no innovar
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