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Corte Suprema

BOLO RAFAEL ANTONIO c/ ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO Y OTRO s/ORDINARIO

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por el Estado Mayor General del Ejército, por resultar inadmisible el recurso extraordinario denegado, y lo condenó a satisfacer el depósito previsto en el art. 286 del CPCCN, cuyo pago quedó diferido conforme a la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 23. XXVI. RHE
Recurso de hecho Queja Recurso extraordinario inadmisible Deposito previo Acordada 47/91 Art. 280 cpccn Estado mayor general del ejercito Responsabilidad estatal Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Rafael Antonio Bolo.

¿A quién se demanda?

Estado Mayor General del Ejército y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fragmento no contiene los antecedentes del reclamo).

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja interpuesta por el Estado Mayor General del Ejército, por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 del CPCCN). Se condena al organismo a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago queda diferido de acuerdo con la acordada N° 47/91 (fs. 23 vta.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

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