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Corte Suprema

BERGER CELIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Un conjunto de causas acumuladas por reajustes previsionales promovidas contra la ANSeS discutió la defensa de limitación de recursos, la tasa de interés, la prescripción liberatoria y el plazo de cumplimiento de las sentencias de reajuste. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a sus precedentes Perletto, Aguilar, Giusio y Torres Brizuela.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1130. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Anses Limitacion de recursos Ejecucion de sentencia previsional Tasa de interes Prescripcion liberatoria Ley 24.463 Movilidad jubilatoria Recurso extraordinario Costas

¿Quién es el actor?

Celia Berger y otros coactores (más de treinta causas acumuladas por reajustes previsionales).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas, con costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: los agravios referentes a la tasa de interés "guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Considerando 3°: los planteos sobre la prescripción liberatoria (art. 82, ley 18.037, modificado por ley 24.463) "han recibido adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal G.829.XXXV 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°), fallado con fecha 4 de septiembre de 2001, por lo que deben ser desestimados. El juez Boggiano se remite a su disidencia en el citado precedente."

Considerando 4°: los restantes agravios "suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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