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Corte Suprema

CASTELLO CARLOS EUGENIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos por ANSES y confirmó las sentencias que reconocieron reajustes previsionales a los actores. Remitió a los fundamentos de los precedentes Perletto, Aguilar y Torres Brizuela sobre la limitación de recursos, la tasa de interés y el plazo de cumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1414. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Anses Limitacion de recursos Tasa de interes Plazo de cumplimiento de sentencia Recurso ordinario Corte suprema Seguridad social Costas por su orden Perletto

¿Quién es el actor?

Carlos Eugenio Castello y otros (causas acumuladas: Beltrán de Lucero, Bonazza, Escalante, Garavaglia, Garrote, Justo Pastor Guzmán, Lamattina, Loduca, Monaco, Moyano, Persano, Quintero, Rubinstein, Santillán, Sueiro, Valentino Luján).

¿A quién se demanda?

ANSES (en Santillán, INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios del organismo previsional y se confirmaron las sentencias apeladas. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la sentencia es breve y remite a precedentes. Transcribo los considerandos textuales:

"1°) Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"2°) Que los agravios referentes a la tasa de interés guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

"3°) Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

No hay votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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