BAIOCCO JOSE SANTIAGO Y OTROS c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/EXPROPIACION IRREGULAR
La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Dirección Nacional de Vialidad por considerar inadmisible el recurso extraordinario denegado. Asimismo, la Corte impuso a la demandada la obligación de satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago quedó diferido conforme a la acordada n° 47/91.
¿Quién es el actor?
José Santiago Baiocco y otros.
¿A quién se demanda?
Dirección Nacional de Vialidad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto de la sentencia no lo detalla).
¿Qué se resolvió?
Se desestimó la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Se condenó a la Dirección Nacional de Vialidad a satisfacer el depósito correspondiente, cuyo pago se encuentra diferido de acuerdo con lo prescripto en la acordada n° 47/91 (fs. 50).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." El fallo no contiene otros fundamentos desarrollados.
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47/91
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