JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GOMEZ CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los jubilados promovieron reclamos contra la ANSeS por el reajuste de sus haberes previsionales y la tasa de interés aplicada. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas, remitiéndose a los fundamentos de Aguilar (Fallos: 325:1185). Nota: el texto del documento se refiere a recursos ordinarios de la ANSeS, por lo que el tipo de recurso figura como recurso extraordinario en la sección 1 solo si se considera el recurso ante la Corte; dado que la propia sentencia habla de recursos ordinarios, la clasificación más fiel es RECURSO EXTRAORDINARIO (recurso ordinario ante la Corte en el régimen de la ley 48). Si se requiere estrictamente la denominación del texto, corresponde RECURSO EXTRAORDINARIO.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1549. XXXIX. ROR
Tasa de interes Haberes previsionales Reajuste de haberes Anses Seguridad social Recursos ordinarios Costas por su orden Ley 24.463 Fallos 325:1185 Precedente aguilar.

¿Quién es el actor?

César Gómez, Ítalo Antenucci, María Ofelia Acuña, Clara Ramona Altamirano, Pedro Bardi Menes, Rogelio Conde, Catalina Adela Gamba, Ricardo Milanese, Angélica Quiroga, Dalmacio Quiliñan, María del Carmen Lina Rey Fernández, Gregorio Soto, Ignacio Salvemini, Juan José Videla y Luis Alberto Villafañe.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales y tasa de interés aplicable a las diferencias reclamadas.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas, sin imponer costas (costas por su orden, art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios de la ANSeS referentes a la tasa de interés guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad." El fallo no desarrolla argumentos propios: remite íntegramente a Aguilar.

Normas que cita

Fallos que cita

  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185

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