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Corte Suprema

ROLDAN LUIS BENEDICTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema confirmó las sentencias que reconocieron el reajuste previsional a los actores y rechazó los agravios de la ANSeS sobre limitación de recursos, plazo de cumplimiento, tasa de interés y prescripción, remitiendo a los precedentes Perletto, Aguilar, Giusio y Torres Brizuela. Las costas se impusieron por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1057. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Anses Limitacion de recursos Cumplimiento de sentencia Tasa de interes Prescripcion liberatoria Ley 24.463 Movilidad jubilatoria Costas por su orden Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Luis Benedicto Roldán y otros actores de las causas acumuladas (Alonso, Alessandroni de Molina, Di Pascuale, Epifanio, Gramaglia, Geronimo, López, Luppino, Marcon, Noya, Ruiz, Sotelo y Zingg).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de haberes previsionales (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

por mayoría de los integrantes de la Corte, se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y se confirmaron las sentencias apeladas. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Considerando 2°: los agravios referentes a la tasa de interés "guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."

Considerando 3°: respecto de las modificaciones introducidas por la ley 24.463 sobre el cómputo de la prescripción liberatoria (art. 82, ley 18.037), los planteos "han recibido adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal G.829.XXXV 'Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad' (considerando 4°)... por lo que deben ser desestimados. El juez Boggiano se remite a su disidencia en el citado precedente."

Considerando 4°: los restantes agravios "suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • AguilarCSJN · Fallos 325:1185
  • Giusio, Mauricio c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 04/09/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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