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Corte Suprema

PONTINO MONICA VIRGINIA c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES s/COBRO DE DINERO

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires contra la denegación de un recurso extraordinario, por resultar este inadmisible conforme al art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Además, condenó a la Municipalidad a hacer efectivo el depósito cuyo pago se encontraba diferido según la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 262. XXIX. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario inadmisible Art. 280 cpccn Deposito diferido Acordada 47/91 Municipalidad de la ciudad de buenos aires Queja desestimada

¿Quién es el actor?

Mónica Virginia Pontino.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el texto no lo detalla).

¿Qué se resolvió?

Se desestimó la queja y se condenó a la Municipalidad a hacer efectivo el depósito diferido conforme a la acordada 47/91 (confr. fs. 36).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."

Normas que cita

  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Acordada 47

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