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Corte Suprema

MARCHIANO ALDO REIMUNDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reclamo contra la ANSeS por diferencias en el reajuste de su haber jubilatorio, cuestionando el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas con el alcance fijado en el precedente Perletto, declarando desierto el agravio sobre la designación de perito de oficio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 3613. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Haber jubilatorio Anses Cumplimiento de sentencia Plazo de ejecucion Movilidad jubilatoria Perito de oficio Desercion de recurso Costas por su orden Ley 24.463

¿Quién es el actor?

Aldo Reimundo Marchiano (y otros actores acumulados en los autos Acuña, Ledesma y Ortiz).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias en el reajuste de haberes jubilatorios, plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmó las sentencias apeladas con el alcance fijado en los considerandos de "Perletto" (Fallos: 325:98). Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente cabe remitir."

Sobre la designación de un perito de oficio para confeccionar la liquidación: "resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por este Tribunal en la causa G.55.XXXVII. 'Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 24 de octubre de 2002, circunstancia que determina la deserción del recurso en el punto."

"Los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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