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Corte Suprema

GIORGI ERMINIO ADOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales frente a la ANSeS, cuestionando las modalidades de cumplimiento de una sentencia de reajuste. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario interpuesto por la ANSeS y confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente Perletto, remitiendo a sus fundamentos en razón de la sustancial analogía de las cuestiones planteadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 500. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Haberes jubilatorios Anses Limitacion de recursos Plazo de cumplimiento Modalidades de cumplimiento de sentencia Recurso ordinario Costas por su orden Precedente perletto Torres brizuela.

¿Quién es el actor?

Erminio Adolfo Giorgi.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes previsionales; las cuestiones debatidas son la defensa de limitación de recursos, el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en los considerandos del precedente "Perletto" (Fallos: 325:98). Costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la defensa de limitación de recursos, el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente cabe remitir."

"Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

No se registran votos en disidencia; el pronunciamiento es unánime y remite a precedentes.

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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