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Corte Suprema

COUTADO ASUNCION s/CAUSA N°4223

La Corte Suprema hizo lugar a la queja interpuesta por el fiscal general ante la Cámara Nacional de Casación Penal y declaró procedente el recurso extraordinario, dejando sin efecto la sentencia apelada por remisión a los fundamentos del precedente Georgevich. El vicepresidente Belluscio votó en disidencia y propuso desestimar la queja.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 367. XXXIX. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Remision a precedente Casacion penal Sentencia dejada sin efecto Nuevo pronunciamiento Georgevich Disidencia Procedencia formal Causa penal

Actor (recurrente): Juan Martín Romero Victorica, fiscal general ante la Cámara Nacional de Casación Penal.

Demandado (imputado): Asunción Coutado (causa N° 4223).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de hecho contra la denegatoria del recurso extraordinario deducido contra la sentencia de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal, que había intervenido después de la Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, remitiendo la queja al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento. La decisión se fundó en remisión al precedente G.3135.XXXVIII "Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172" (sentencia del 23 de marzo de 2004), a cuyos fundamentos y conclusiones se remitió "en razón de brevedad".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable lo resuelto por el Tribunal en el expediente G.3135.XXXVIII. 'Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172', de fecha 23 de marzo de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo tratado por el Tribunal en el expediente G.3135.XXXVIII ... (disidencia del juez Belluscio), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." Propuso desestimar la queja, "Hágase saber y archívese". Esta posición no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CPPN

Fallos que cita

  • Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172CSJN · 23/03/2004

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