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Corte Suprema

CESANELLI DAMIAN MARCELO Y ECHARRI PABLO s/CAUSA N°4351

El fiscal ante la Cámara Nacional de Casación Penal dedujo recurso de hecho contra la decisión que había rechazado su recurso extraordinario en la causa Cesanelli y Echarri. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento; el vicepresidente Belluscio votó en disidencia por desestimar la queja.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 284. XXXIX. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Recurso de hecho Casacion penal Fiscal Sentencia remitida a precedente Georgevich Procedencia Nuevo pronunciamiento Disidencia

¿Quién es el actor?

Fiscal general ante la Cámara Nacional de Casación Penal a cargo de la Fiscalía N° 2 (recurrente).

¿A quién se demanda?

Damián Marcelo Cesanelli y Pablo Echarri (imputados en la causa N° 4351).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de hecho contra la decisión de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal que rechazó el recurso extraordinario deducido por el fiscal.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada, remitiendo la queja al tribunal de origen para su acumulación y para que se dicte un nuevo pronunciamiento. La decisión se remite en razón de brevedad a los fundamentos del precedente "Georgevich" (expte. G.3135.XXXVIII, 23/3/2004).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que al caso resulta aplicable lo resuelto por el Tribunal en el expediente G.3135.XXXVIII. 'Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172', de fecha 23 de marzo de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo tratado por el Tribunal en el expediente G.3135.XXXVIII. 'Georgevich...' (disidencia del juez Belluscio), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad." Por ello, Belluscio propuso desestimar la queja. Esta postura no constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 4172

Fallos que cita

  • Georgevich, Jorge Alberto y Georgevich, Nancy Beatriz s/ causa N° 4172CSJN · 23/03/2004

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