GAUNA DE GOMEZ ALICIA c/ BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/COBRO DE AUSTRALES
La Corte Suprema declaró procedente la queja y admisible el recurso extraordinario planteado por el Banco Central en una causa por intereses sobre sumas adeudadas. Por mayoría, fijó que desde el 1 de abril de 1991 las sumas devengarán únicamente la tasa del art. 6° de la ley 23.982, en remisión al precedente Bianchi.
¿Quién es el actor?
Alicia Gauna de Gómez.
¿A quién se demanda?
Banco Central de la República Argentina.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de sumas de dinero y de los intereses que devengan.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravio y se estableció que, desde el 1 de abril de 1991, las sumas debidas devengan únicamente la tasa de interés del art. 6° de la ley 23.982. Costas por su orden. El voto del Dr. Moliné O'Connor, en disidencia parcial, proponía dejar sin efecto la sentencia y devolver los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento; esa propuesta quedó en minoría.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones debatidas guardan sustancial analogía con las resueltas por esta Corte en la causa: B. 317.XXV. 'Bianchi, Graciela y otro c/ Banco Central de la República Argentina', sentencia del 20 de diciembre de 1994, a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Moliné O'Connor votó en disidencia parcial, proponiendo devolver los autos al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento. El Dr. Petracchi votó en disidencia total y desestimó el recurso de hecho.
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Normas que cita
- Ley 23.982art. 6° · Deuda publica
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Bianchi, Graciela y otro c/ Banco Central de la República ArgentinaCSJN · 20/12/1994
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