JurisprudenciaARG
Corte Suprema

VALDEZ DE JUAREZ NILDA INES c/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORDOBA Y OTRO s/INCAPACIDAD -RECURSO DE CASACION

La Corte Suprema desestimó la queja interpuesta por la Procuración del Tesoro de la Provincia de Córdoba contra la denegación de un recurso extraordinario, por considerarlo inadmisible en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Además, condenó a la parte recurrente a hacer efectivo el depósito previsto en el art. 286 del mismo código, cuyo pago se encontraba diferido por la acordada 47/91.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 107. XXXI. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Inadmisibilidad Queja Art. 280 cpccn Deposito art. 286 cpccn Acordada 47/91 Procuracion del tesoro Provincia de cordoba Costas procesales

¿Quién es el actor?

Nilda Inés Valdez de Juárez.

¿A quién se demanda?

Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No surge del texto de la resolución, que se limita a identificar la carátula de la causa principal.

¿Qué se resolvió?

Se desestima la queja presentada por el Procurador del Tesoro de la Provincia de Córdoba, por ser inadmisible el recurso extraordinario denegado (art. 280 CPCCN). Se condena a la Procuración del Tesoro provincial a hacer efectivo el depósito del art. 286 CPCCN, cuyo pago estaba diferido conforme la acordada 47/91 (fs. 68). Se ordena notificar y, oportunamente, archivar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal se limita a señalar, en un único considerando, que "el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)". No se desarrollan argumentos adicionales sobre el fondo del asunto ni sobre los agravios planteados. No hay votos en disidencia.

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.