PRETTO LUIS JOSE c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTE DE HABERES
La Corte Suprema rechazó el pedido de revisión deducido contra el auto que había declarado la caducidad de la instancia extraordinaria. El tribunal consideró que tal pedido constituía un recurso de reposición interpuesto de manera extemporánea.
¿Quién es el actor?
Luis José Pretto.
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho deducido en el marco de la causa, cuya instancia extraordinaria fue declarada caduca.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el pedido de revisión, por considerarse un recurso de reposición presentado fuera de término.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el pedido de revisión deducido respecto del auto que declaró la caducidad de la instancia extraordinaria constituye un recurso de reposición planteado en forma extemporánea (fs. 6 y 13 y arts. 239 y 317 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNarts. 239, 317 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.