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Corte Suprema

MIEREZ RAUL RAMON c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE s/ORDINARIO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Universidad Nacional del Nordeste en la demanda de Raúl Ramón Mierez por diferencias salariales y nulidad de actos administrativos de encasillamiento. El tribunal dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal del Chaco por remisión a los fundamentos del precedente Crespo, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 142. XXXI. REX
Recurso extraordinario Universidad nacional Encasillamiento Diferencias salariales Cambio de categoria Nulidad de resolucion administrativa Decreto 2213/87 Remision a precedente Universidad nacional del nordeste Empleo publico universitario

¿Quién es el actor?

Raúl Ramón Mierez.

¿A quién se demanda?

Universidad Nacional del Nordeste (U.N.N.E.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de la resolución 2245/88 del rector, del dictamen-resolución de la comisión ad hoc y de la resolución 379/89 del Consejo Superior; integración del acto de la Comisión Central de Encasillamiento y pago de diferencias salariales por cambio de categoría.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Apelaciones del Chaco había confirmado la sentencia de primera instancia que admitía la demanda. La Corte Suprema hizo lugar al recurso extraordinario, dejó sin efecto ese fallo, con costas, y ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión planteada presenta sustancial analogía con la debatida y resuelta en la causa C.516.XXIV, 'Crespo, Víctor Armando c/ Universidad Nacional del Nordeste -U.N.N.E.-', fallada el 29 de noviembre de 1994, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Asimismo, el tribunal sostuvo que el recurso era formalmente procedente porque se encontraba controvertida la inteligencia de normas de índole federal (arts. 140 y 147 del decreto 2213/87 y disposiciones de la ley y estatuto universitario) y la decisión apelada era contraria a los derechos que la apelante fundó en ellas.

Normas que cita

  • Decreto 2213arts. 140, 147

Fallos que cita

  • Crespo, Víctor Armando c/ Universidad Nacional del Nordeste -U.N.N.E.-CSJN · 29/11/1994

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