BUFFA JUAN NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un conjunto de recursos ordinarios interpuestos por la ANSES en reclamos de reajuste previsional fue declarado procedente en cuanto a la limitación de recursos, el plazo de cumplimiento y la tasa de interés. La Corte Suprema confirmó las sentencias apeladas remitiendo a sus precedentes Perletto, Spitale y Torres Brizuela.
¿Quién es el actor?
Un numeroso grupo de jubilados y pensionados (más de 150 causas acumuladas, entre ellas "Buffa, Juan Nicolás", "Allegretto, Ricardo Raúl", "Angueira, Mario Nicolás", entre otras).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes previsionales (reclamos de actualización de haberes jubilatorios).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSES y confirmó las sentencias apeladas, sin costas (art. 21, ley 24.463). La decisión se fundó en la remisión a sus precedentes en tres aspectos: (a) la defensa de limitación de recursos y el plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste, por remisión a "Perletto" (Fallos 325:98); (b) la tasa de interés, por remisión a "Spitale" (sentencia del 14/09/2004); (c) los restantes agravios, por remisión a "Torres Brizuela" (Fallos 323:3135).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con la defensa de limitación de recursos y con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Considerando 2°: "Los agravios referentes a la tasa de interés guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en la causa S.2767.XXXVIII 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', sentencia del 14 de setiembre de 2004, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."
Considerando 3°: "Los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Parte resolutiva: "declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463)."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2004
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
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