FERNANDEZ IRMA ENRIQUETA c/ ANSES s/PRESTACIONES VARIAS
La Corte Suprema revocó la sentencia que había rechazado la demanda de jubilación por edad avanzada promovida por Irma Enriqueta Fernández contra la ANSeS. El Tribunal sostuvo que la cámara valoró de manera parcial la prueba laboral y extendió indebidamente una incompatibilidad que no resultaba aplicable a la fecha de los hechos.
¿Quién es el actor?
Irma Enriqueta Fernández, representada por la Dra. Marta Celia Eijo.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), representada por la Dra. Liliana Beatriz Polti.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
beneficio de jubilación por edad avanzada, sobre la base de un período de servicios domésticos prestados para "La Lomita S.C.A." entre abril de 1984 y marzo de 1994.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario, revocó las sentencias apeladas y admitió la demanda con el alcance indicado en los considerandos. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el a quo ha efectuado sólo una consideración parcial y aislada de los diversos elementos de juicio, sin integrar las declaraciones producidas con la prueba obrante en la causa, en particular con las constancias de pago de aportes que crean convicción respecto del tipo de tareas, horario, sueldos y extensión de la relación laboral denunciada".
"el tribunal ha examinado con un injustificado rigor una parte de las boletas acompañadas al expediente, habida cuenta de que descartó su eficacia probatoria porque en ellas no figuraba el número de documento de la interesada, sin ponderar que el diseño del formulario provisto por la ANSeS había cambiado y ya no tenía un casillero destinado a ese dato, máxime cuando en todas figuraba una sola persona como empleada de 'La Lomita S.C.A'".
"el tipo de prestación en juego, instituido por el legislador a fin de proteger a aquellos que durante su vida útil no hubieran reunido todos los requisitos legales que exigen los sistemas de previsión social, imponía a los jueces una mayor cautela en el examen de las circunstancias fácticas y de las pruebas acompañadas, así como tener en cuenta la naturaleza alimentaria de la prestación solicitada y su protección constitucional (Fallos: 316:3229)".
"la cámara, además, extendió indebidamente el alcance de la doctrina fijada por la Corte en la causa 'Franquelo' (Fallos: 304:865) a un supuesto de opción que no se encontraba contemplado en tal precedente ni en las disposiciones de la ley 18.037 por la que debe juzgarse la petición... la incompatibilidad entre las prestaciones en juego sólo fue introducida por la ley 24.347, posterior a los hechos examinados".
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Normas que cita
- Ley 18.037arts. 61, 65 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 19, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 24.347Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- FranqueloCSJN · Fallos 304:865
- Fallos 316:3229CSJN
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