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Corte Suprema

AMADEO OCTAVIO DAVID c/ ESTADO NACIONAL- ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La Procuración General opinó que la cuestión planteada en el recurso extraordinario contra la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social se ha tornado abstracta, porque se ordenó el pago íntegro y en efectivo de la reducción del trece por ciento prevista en el decreto 1.819/02. Subsidiariamente, sugirió remitirse al dictamen emitido en la causa Vinzon Carlos c/ Estado Nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1167. XL. REX
Recurso extraordinario Abstraccion Amparo Decreto 1.819/02 Reduccion del trece por ciento Sistema integrado de jubilaciones y pensiones Restitucion a beneficiarios Decision administrativa 521/2004 Procuracion general Haberes previsionales

¿Quién es el actor?

Amadeo Octavio.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Trabajo y Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

amparo vinculado a la reducción del trece por ciento de haberes previsionales dispuesta por el artículo 11 del decreto 1.819/02, con restitución a beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

¿Qué se resolvió?

el dictamen no resuelve la causa; opina que corresponde considerar el recurso abstracto.

¿Qué se resolvió?

la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró inoficioso el tratamiento de la apelación del demandado y declaró inaplicable al caso el decreto 1.819/02.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En mi opinión, la cuestión a dilucidar se ha tornado abstracta, toda vez que se ha ordenado el pago íntegro, en efectivo y de una sola vez, de las sumas correspondientes a la restitución a beneficiarios y/o sus sucesores legítimamente acreditados del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, de la reducción del trece por ciento al que se refiere el segundo párrafo del artículo 11 del decreto 1.819/2.002 (cfme. surge de del artículo 11 de la Decisión Administrativa 521/2.004)."

"Si V.E. no compartiera mi punto de vista, dado la imprecisa redacción del acto administrativo citado, estimo, entonces, que el sub-lite guarda substancial analogía con la causa examinada en el expediente S.C. V. 37; L. XL 'Vinzon Carlos c/ Estado Nacional (S.S.I.P.N) s/ acción de inconstitucionalidad'..."

Normas que cita

  • Decreto 1.819art. 11
  • 521art. 11

Fallos que cita

  • Vinzon Carlos c/ Estado Nacional (S.S.I.P.N) s/ acción de inconstitucionalidad18/02/2005

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