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Corte Suprema

CORBALAN NORMA ESTER Y OTRO c/ ABALSAMO ALFREDO DANIEL Y OTRO s/EJECUCION DE HIPOTECA

El recurso de queja interpuesto por el demandado contra la sentencia que rechazó su planteo sobre la legislación de emergencia y la mora contractual fue dictaminado favorablemente por la Procuración General en cuanto a la inconstitucionalidad y aplicación de la ley 25.561, decreto 214/02 y ley 25.820. El dictamen propicia revocar la sentencia impugnada, mientras considera que los agravios sobre mora y aplicación de la ley 24.441 no son admisibles.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1574. XL. RHE
Legislacion de emergencia Ley 25.561 Decreto 214/02 Ley 25.820 Mora contractual Art. 1198 codigo civil Ley 24.441 Imposicion de costas Recurso de queja Ejecucion hipotecaria

¿Quién es el actor?

Corbalán, Norma Ester y otro.

¿A quién se demanda?

Abalsamo, Alfredo Daniel (quien interpone el recurso).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el dictamen no describe la pretensión original, sólo se refiere a una ejecución hipotecaria en la causa análoga citada).

¿Qué se resolvió?

La Procuración General dictamina que corresponde hacer lugar a la queja y revocar la sentencia con el alcance indicado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En este aspecto, entonces, estimo que el recurso debe prosperar." (remisión al dictamen en la causa "Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución Hipotecaria", S.C. P. 122, L. XXXIX).

"Aún admitiendo la definitividad de la sentencia en este punto, debo recordar que, sobre el particular, V.E. tiene dicho que son cuestiones de hecho, prueba y derecho común, propias de los jueces de la causa y ajenas al recurso extraordinario..." (sobre la mora y el art. 1198 del Código Civil, con cita de Fallos: 302:999; 303:1009).

"Tampoco puede prosperar el agravio expuesto en el recurso extraordinario relativo a la inaplicabilidad de la ley 24.441..., ya que, además de reiterar asertos ya vertidos en instancias anteriores, insuficientes para rechazar los fundamentos en que se apoya el pronunciamiento recurrido, dicho agravio no es mantenido en la presentación directa, lo que indica que el apelante ha perdido interés en que la cuestión sea tratada."

"Lo mismo cabe decir acerca de la imposición de costas..., pues su impugnación tampoco se mantiene en la queja."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución HipotecariaCSJN · 26/10/2004
  • Fallos 302:999CSJN
  • Fallos 303:1009CSJN

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