AÑON OLINDA CARMEN c/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES (INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL) s/DEMANDA CONTENCIOSOADMINISTRATIVA
La Corte Suprema hizo lugar a la queja por denegación del recurso extraordinario deducido por la actora en el reclamo contra la Provincia de Buenos Aires (Instituto de Previsión Social). Declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar nuevo pronunciamiento por remisión a lo resuelto en la causa Salemme.
¿Quién es el actor?
Olinda Carmen Añon.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires (Instituto de Previsión Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
DESCONOCIDO (el texto no lo relata).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada. Los autos volvieron al tribunal de origen para que se dicte nuevo pronunciamiento de acuerdo a lo expresado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la cuestión planteada en autos es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa S.529.XXIX 'Salemme, Marcos Tomás c/ Provincia de Buenos Aires (Instituto de Previsión Social)', fallada con fecha 2 de noviembre de 1995, a cuyas consideraciones caber remitir en razón de brevedad."
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Fallos que cita
- Salemme, Marcos Tomás c/ Provincia de Buenos Aires (Instituto de Previsión Social)CSJN · 02/11/1995
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