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Corte Suprema

SALGADO HECTOR CARLOS s/QUIEBRA

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Banco de la Ciudad de Buenos Aires y dejó sin efecto el pronunciamiento de la Sala C de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial en el proceso de quiebra de Héctor Carlos Salgado. Lo resolvió aplicando el criterio de los precedentes González y Yacuiba sobre extensión de quiebra, ordenando el dictado de un nuevo fallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 962. XL. REX
Quiebra Extension de quiebra Recurso extraordinario Precedente gonzalez Precedente yacuiba Criterio de la corte Cuestion juridica novedosa Costas Procuracion general de la nacion Sindico.

¿Quién es el actor?

Banco de la Ciudad de Buenos Aires (recurrente).

¿A quién se demanda?

Héctor Carlos Salgado (fallido), con intervención del síndico Juan Carlos Sosa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de quiebra de Héctor Carlos Salgado; cuestión relativa a la extensión de quiebra, resuelta conforme a precedentes de la Corte.

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente el recurso extraordinario, se deja sin efecto el pronunciamiento apelado y se devuelven los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo. Costas por su orden por tratarse de una cuestión jurídica novedosa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en atención a las razones expresadas al decidir en la causa A.406.XL 'Alejandro F. González S.A. s/ quiebra' (sentencia de 17 de mayo de 2005) resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido en el precedente Y.20.XXXIX 'Yacuiba S.A. s/ quiebra s/ incidente de extensión de quiebra a Ismael Olivares y Timbo S.A.C.' ('Alejandro F. González s/ quiebra'), sentencia del 2 de diciembre de 2004, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en lo pertinente por razones de brevedad." Asimismo, "toda vez que en la presente causa el dictamen de la Procuración General de la Nación ha sido emitido por el señor Procurador Fiscal, resulta inoficiosa la consideración de lo manifestado respecto del señor Procurador General por el señor Andrés Eduardo Chmelik en su escrito de fs. 1140/1143."

Fallos que cita

  • Alejandro F. González S.A. s/ quiebraCSJN · 17/05/2005
  • Yacuiba S.A. s/ quiebra s/ incidente de extensión de quiebra a Ismael Olivares y Timbo S.A.C.CSJN · 02/12/2004

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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