JurisprudenciaARG
Corte Suprema

JABIB PELOSOF VICTORIA c/ ANSES s/OTROS

La Corte Suprema dejó sin efecto la declaración de deserción de un recurso ordinario interpuesto por la actora en un reclamo de reconocimiento de servicios contra la ANSES. Ordenó notificar nuevamente el proveído a la parte actora en el último domicilio procesal constituido, por haberse omitido agregar al expediente la constitución de un nuevo domicilio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
J. 334. XXXVIII. ROR
Recurso ordinario Desercion de recurso Memorial Notificacion Domicilio procesal Reconocimiento de servicios Anses Seguridad social Debido proceso Revision de decision

¿Quién es el actor?

Victoria Jabib Pelosof.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento de servicios.

¿Qué se resolvió?

se dejó sin efecto el pronunciamiento de fojas 121, que había declarado desierto el recurso ordinario de la actora, y se dispuso que se notifique el proveído de fojas 119 en el último domicilio procesal constituido en autos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"al devolverse la causa juzgado de origen, la actora advirtió que la cámara no había agregado una presentación posterior a la apelación mediante la cual la parte constituyó nuevo domicilio, por lo que se remitieron los autos al tribunal y se procedió a la agregación y despacho del mismo."

"la cuestión planteada resulta sustancialmente análoga a la analizada y resuelta por esta Corte en la causa M.685.XXXVI 'Makselewizcz de Cejas, Estacina Elena c/ Instituto Municipal de Previsión Social s/ municipales', fallada el 5 de diciembre de 2000, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

Fallos que cita

  • Makselewizcz de Cejas, Estacina Elena c/ Instituto Municipal de Previsión Social s/ municipalesCSJN · 05/12/2000

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